La mediación es un procedimiento pacífico y cooperativo de resolución de conflictos. Su propósito es lograr un acuerdo mutuamente satisfactorio sin los costos en tiempo, dinero y esfuerzo que llevaría un proceso judicial.
- Es un proceso extrajudicial: las partes son asistidas por un mediador imparcial y neutral, especialmente capacitado para facilitar la comunicación entre las partes, quien ayudaría a encontrar fórmulas de solución
- Es procedimiento voluntario: Las partes deciden participar o no y pueden en cualquier momento dar por finalizada la Mediación si así lo desean o consideran que es lo más conveniente a sus intereses. No están obligadas a llegar a un acuerdo. Su participación no significa perder otras opciones o alternativas para resolver el conflicto.
- Es un procedimiento informal: lo que implica que las personas pueden acudir solas o con abogados, en caso que deseen ser asesoradas sobre sus derechos.
- Es un procedimiento rápido: las partes son las controladoras del procedimiento y de la duración de las reuniones que pueden ser conjuntas o privadas.
Al finalizar el procedimiento, y si se llegó a un acuerdo, sea este total o parcial, se redactará y firmará un acta que tendrá el valor de acuerdo extrajudicial pudiendo ser presentado para su homologación ante un juez o autoridad administrativa. De no arribarse a ninguna solución aceptable, cualquiera de las partes podrá dar por finalizado el procedimiento de mediación, destruyéndose en ese momento toda la información escrita proveniente en el caso, salvo la Solicitud Inicial que se conservará al solo efecto estadístico.